A la hora de garantizar que los empleados cumplan su jornada laboral, tal como está establecido por ley, muchas empresas todavía tienen dudas sobre cómo llevar a cabo ese control de personal de forma adecuada, y que afecta especialmente a los trabajadores. Vamos a resolver algunas de las dudas más frecuentes respondiendo a las siguientes preguntas:
¿Qué dice la ley del control de la jornada laboral?
Desde el 12 de mayo de 2019 es obligatorio que todas las empresas tengan un control de presencia de los trabajadores. Es decir, todas las empresas deberán registrar el horario de entrada y de salida de sus empleados, sin tener en cuenta el tipo de contrato que tenga cada uno. El motivo principal para controlar la jornada laboral por parte del Gobierno es favorecer que los trabajadores no hagan más horas que las que el empresario les paga.
¿Es obligatorio controlar el registro con un terminal?
Si bien la ley de jornada laboral no especifica el sistema con el que se debe controlar el horario de los trabajadores, sí establece que el dispositivo que se ponga en la empresa deberá garantizar que no se pueda manipular. Por eso se deben descartar sistemas de control en papel o tablas de Excel.
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¿Es obligado guardar los datos del registro?
Sí. Hay que guardar los datos de la jornada laboral por un periodo de cuatro años. Además, deben estar a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de los inspectores de trabajo y Seguridad Social.
Otros motivos para instalar un control de personal
Muchas veces resulta imposible cuantificar las pérdidas económicas de una empresa causadas por trabajadores que nunca llegan a su hora establecida, que se ausentan a menudo o que abandonan su puesto de trabajo con mucha frecuencia. Poder vigilar ese absentismo injustificado es, precisamente, uno de los beneficios que obtiene el empresario al poner un control de presencia de los trabajadores.
¿Es obligatorio controlar la jornada en el teletrabajo?
Por supuesto, también es obligatorio llevar el mismo control de jornada laboral si los empleados están teletrabajando. Para estos casos hay sistemas con geolocalización muy avanzados.
¿Nos pueden multar si mi empresa no tiene un control horario?
En caso de no tener instalado un control de personal, estaremos cometiendo una infracción grave, y la multa puede ser en grado mínimo de 626 a 1250€, en grado medio de 1251 a 3125€, y en grado máximo, en caso de ser reincidente, de más de 6000€.
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